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Solicitud general
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datos de la subsección
Descripción:

Aquest tràmit permet presentar una sol·licitud o document a l'Ajuntament quan no existeixi un tràmit específic que s'adapti a la vostra necessitat.

Finalidad:

Este tramite permite presentar una solicitud o documento al Ayuntamiento, cuando no exista un trámite específico que se adapte a vuestra necesidad.

Quien lo puede Presentar:
La persona interesada o cualquier persona física o jurídica, que actue en representación de ésta, debidamente autorizada o acreditada.
De acuerdo con el Artículo 14 de la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas a partir del 1 de octubre de 2016 los seguientes colectivos estan obligados a relacionarse exclusivamente por medios electrónicos con el Ayuntamiento:
Las personas jurídicas.
Las entitades sin personalidad jurídica.
Los que ejercan una actividad profesional por la cual se requiera la colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que lleven a cabo con las administraciones públicas en ejercicio de la mencionada actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entienden incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
Los que representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
Plazos de Presentación: Se puede presentar durante todo el año
Presentación:

- Telemáticamente:

En esta Sede Electrónica del Ayuntamiento de Blanes

- Presencialmente:

En la Oficina de Atención Ciudadana (AMIC)
Passeig de Dintre, 29 planta baja
Horario: de lunes a viernes de 8:30 h a 14:30 h.
Teléfono: 972 379 300  e-mail amic@blanes.cat

Se recomienda pedir cita previa:
    • Por internet: Pedir cita previa AMIC
    • Por Teléfono: de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 teléfono 972 379 320

- Correo postal


La presentación también es podrá efectuar en el resto de sitios establecidos en el artículo 4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Organo Gestor: AMIC
Plazo de resolución:

El plazo máximo de resolución es de tres meses con carácter general, no obstante, éste variará en función de la petición expresada en el formulario de solicitud.

Efecto del silencio Administrativo: No procede
Recursos:

Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Normativa básica:

1. Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya.
2. Ley 39/2015 , 1 de octubre,  del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Pago de tasas: Según el contenido de la petición expresada en la instancia.
Información Adicional:

Se puede aportar la documentación que se considere necesaria para dar soporte al escrito de petición.

Guía per tramitar electrònicament amb l'Ajuntament de Blanes

Documentación relacionada:
Sol·licitud General

Solicitud general

Nivel de identificación del solicitante:
Substancial:
Acceso mediante sistema Vàlid
Documentos a Presentar:
Documentació requerida
- Formulario de solicitud (para el trámite presencial o correo postal).
- Documento acreditativo de la representación legal, en caso de actuar en representación de la persona interesada.
- Se tendrá que aportar la documentación que de soporte a la petición expresada en la instancia. No obstante, se podrá aportar toda aquella que se considere necesaria.