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Concurso para el otorgamiento de licencias municipales de uso y aprovechamiento privativo de la vía pública para el ejercicio de la venta no sedentaria en las paradas vacantes de los mercados de Blanes
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datos de la subsección
Descripción:
Concurso para el otorgamiento de licencias municipales de uso y aprovechamiento privativo de la vía pública para el ejercicio de la venta no sedentaria en las paradas vacantes de los mercados de Blanes: Mercado A Paseo de dentro, B Avda. de la Pau (Mas En alto) y E Avda. Cataluña (La Plantera) y para la creación de una lista de espera.
Finalidad:
Concurso para el otorgamiento de licencias municipales de uso y aprovechamiento privativo de la vía pública para el ejercicio de la venta no sedentaria en las paradas vacantes de los mercados de Blanes: Mercado A Paseo de dentro, B Avda. de la Pau (Mas En alto) y E Avda. Cataluña (La Plantera) y para la creación de una lista de espera.
Quien lo puede presentar:
Pueden solicitar la licencia municipal para ejercer la actividad de venta no sedentaria las personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, con plena capacidad de obrar, que no estén comprendidas en ninguno de los supuestos de prohibición para contratar con la administración, previstos a la vigente normativa en materia de contratos de los sector público.

Se admitirá una única solicitud por persona.
Plazos de presentación: 19/12/2025 00:00:00 - 19/01/2026 23:59:00
Presentación:

- Telemáticamente:

En esta Sede Electrónica del Ayuntamiento de Blanes

- Presencialmente:

En la Oficina de Atención Ciudadana (AMIC)
Passeig de Dintre, 29 planta baja
Horario: de lunes a viernes de 8:30 h a 14:30 h.
Teléfono: 972 379 300  e-mail amic@blanes.cat

Pedir cita previa:

    • Por internet: Pedir cita previa AMIC  Seleccionar l'Oficina: Ajuntament de Blanes PS de Dintre 29 i el Servei: Amic-Atenció Presencial/Registre General.
Órgano gestor: ACTIVIDADES
Plazo de resolución:
1. La resolución del procedimiento corresponderá al regidor delegado de mercados, que será quienes aprobará la lista definitiva de adjudicatarios de las licencias, e indicará los licitadores que han restado excluidos.
Esta lista se ordenará por orden decreciente según la puntuación obtenida y de acuerdo con el estipulado en la cláusula n.º 10.
2. El plazo de resolución del procedimiento será de 4 meses, a partir del día siguiente a la fecha de publicación del acuerdo de aprobación de las bases al BOP. En caso de haberse ultrapasado el plazo fijado para resolver el procedimiento, sin haberse dictado resolución exprés, se entenderá que la/las solicitud/s ha/n sido
desestimada/se (segundo párrafo del arte. 25.1. a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas).
Efecto del silencio administrativo: No procede
Normativa básica: 1. La resolución del procedimiento corresponderá al regidor delegado de mercados, que será quienes aprobará la lista definitiva de adjudicatarios de las licencias, e indicará los licitadores que han restado excluidos.
Esta lista se ordenará por orden decreciente En todo aquello que estas bases no dispones de forma exprés regirá como legislación aplicable:
• Ley 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias.
• Decreto 336/1988, de 17 de octubre, por el cual se aprueba el Reglamento del Patrimonio de los Entes Locales de Cataluña.
• Decreto 162/2015, de 14 de julio, de la Generalitat de Cataluña de venta no sedentaria en mercados de marchantes.
• Ordenanzas Fiscales municipales vigentes del Ayuntamiento de Blanes.
• Reglamento del mercado municipal de venta no sedentaria de Blanes.
Pago de tasas:
De acuerdo con el artículo 10 del Decreto 162/2015, los servicios que presta el Ayuntamiento a los marchantes para el ejercicio de su actividad restan sujetas al pago de tasas. En este sentido, los titulares de las licencias tendrán que satisfacer las tasas municipales que se establezcan en cada momento a la Ordenanza Fiscal Vigente. El incumplimiento del pago de las tasas asociadas al ejercicio de la venta no sedentaria puede comportar la revocación de la licencia.
Información adicional:

Para participar a la convocatoria de otorgamiento de licencias, las personas interesadas a participar en el concurso habrán presentar la siguiente documentación:
1.- Solicitud de participación de acuerdo con el modelo normalizado, que se adjunta como Anexo Y, que incluye una declaración responsable en que se manifiesta:
a) El cumplimiento de las condiciones que establece el artículo 5 del Reglamento de los mercados de Blanes y el compromiso de mantener este cumplimiento durante el periodo de vigencia de la licencia.
b) El cumplimiento de cualquier otra condición que sea exigible según las bases de la convocatoria.
c) Estar en posesión de la documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones exigidas.

2.- Copia del DNI o equivaliendo del solicitante.

3.- En caso de comerciantes extracomunitarios, copia de los permisos de residencia y de trabajo.

4.- Dos (2) fotografías de carné de la persona solicitante.

5.- Fotografía/se de la parada y memoria descriptiva detallada de la parada y el producto. Máximo cuatro (4) páginas *DIN A 4.

6.- Acreditación de disponer de baterías por el funcionamiento de la parada o bien declaración responsable con el compromiso de disponer de ellas a partir de junio de 2026.

7.- Documentación acreditativa de los criterios de valoración y Anexo II “Criterios de valoración”.

Guía per tramitar electrònicament amb l'Ajuntament de Blanes

Documentación relacionada:
ANNEX I - SOL·LICITUD DE PARTICIPACIÓ EN LA CONVOCATÒRIA

ANNEX I - SOL·LICITUD DE PARTICIPACIÓ EN LA CONVOCATÒRIA D’ATORGAMENT DE LLICÈNCIES DE VENDA NO SEDENTÀRIA

ANNEX II - CRITERIS DE VALORACIÓ

BASES REGULADORES

Nivel de identificación del solicitante:
Substancial:
Acceso mediante sistema Vàlid
Documentos a presentar:
Documentació requerida a les bases
Formulario solicitud
Documentació indicada a les bases
La solicitud esta fuera de plazo